Conoce el nuevo Real Decreto 487/2022 para prevención y control de legionelosis

Nuevo RD prevencion legionelosis

El nuevo Real Decreto 487/2022, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis, ha sido publicado en el BOE del 22 de junio de 2022.

El real decreto tiene por objeto la prevención y el control de la legionelosis, en aras de la protección de la salud humana, mediante el establecimiento de las medidas sanitarias a aplicar en las instalaciones susceptibles de la proliferación y diseminación de Legionella”.

Deroga al actual Real Decreto 865/2003 y presenta mejoras técnicas, algunas medidas nuevas de gestión del riesgo de legionelosis, e innovaciones esenciales para el control exhaustivo de instalaciones y equipos.

La fecha de entrada en vigor es el 2 de enero de 2023.

Se aplica a instalaciones en edificios, medios de transporte, instalaciones recreativas, instalaciones urbanas, instalaciones de uso sanitario o terapéutico y cualquier instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.

Novedades destacadas del nuevo Real Decreto 487/2022

Se establece la obligatoriedad de disponer de un Plan de Prevención y Control de Legionella o PPCL para las instalaciones de riesgo y, por otra parte, un Plan Sanitario frente a Legionella o PSL, basado en la evaluación del riesgo, fundamentado en las recomendaciones de la OMS (Organización Mundial de la Salud) y adaptado a las particularidades y características de cada instalación.

El responsable técnico del PPCL (Plan de Prevención y Control de Legionella) o del PSL (Plan Sanitario frente a Legionella) tiene la responsabilidad de la elaboración, desarrollo, implantación y evaluación del Plan correspondiente, y de proponer medidas correctoras a la persona titular de la instalación.

Las personas titulares de las instalaciones deberán actualizar el PPCL o implantar el PSL, según proceda, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de este real decreto.

La persona titular de las instalaciones garantizará que todo el personal propio o externo implicado en las actividades recogidas en este real decreto, cuente con la formación requerida a la actividad que desempeña.

Ámbito de actuación

Las medidas contenidas en este real decreto se aplicarán a instalaciones que puedan ser susceptibles de convertirse en focos de exposición humana a la bacteria y de propagación de legionelosis.

Quedan excluidas del ámbito de aplicación las instalaciones ubicadas en edificios dedicados al uso exclusivo de vivienda, siempre y cuando no afecten al ambiente exterior de los edificios.

Quién tiene la responsabilidad de cumplir la normativa

El cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias contempladas en el Real Decreto 487/2022 corresponde al titular de las instalaciones, que puede contratar una empresa experta para la realización de operaciones de prevención y control de Legionella en las instalaciones a su cargo.

Nueva normativa prevencion Legionella

Instalaciones y equipos que van a verse afectados

  • Sistemas de agua sanitaria.
  • Torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
  • Equipos de enfriamiento evaporativo.
  • Centrales humidificadoras industriales.
  • Sistemas de agua contra incendios.
  • Sistemas de agua climatizada, vasos de piscinas polivalentes con este tipo de instalaciones, vasos de piscinas con dispositivos de juego, zonas de juegos de agua, setas, cortinas o cascadas.
  • Fuentes ornamentales con difusión de aerosoles y fuentes transitables.
  • Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano o en campos de golf o deportes.
  • Dispositivos de enfriamiento evaporativo.
  • Sistemas de lavado de vehículos.
  • Máquinas de riego o baldeo de vías públicas y vehículos de limpieza viaria.
  • Cualquier elemento destinado a refrigeración y/o humectación susceptible de producir aerosoles no incluido en el resto de puntos.
  • Instalaciones de uso sanitario o terapéutico.
  • Cualquier otra instalación que utilice agua en su funcionamiento y produzca o sea susceptible de producir aerosoles que puedan suponer un riesgo para la salud de la población.

Cómo adaptarte al nuevo Real Decreto para la prevención y el control de la legionelosis

La nueva normativa contempla las siguientes actuaciones por parte del titular de la instalación:

  • Controlar y prevenir la aparición y proliferación de Legionella.
  • Minimizar la presencia, proliferación y dispersión de Legionella, por lo que se establecerán una serie de medidas preventivas en las instalaciones de riesgo, basadas en la aplicación de 4 principios:
    • Garantizar la eliminación o reducción de zonas sucias y la acumulación de suciedad, así como el mantenimiento de instalaciones y equipos.
    • Evitar condiciones que favorecen la supervivencia y multiplicación de Legionella, mediante la desinfección del agua y el control de la temperatura.
    • Minimizar la emisión de aerosoles.
    • Aplicar medidas correctoras para mitigar el riesgo.

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